Última prórroga del ERTE
El 28 de septiembre se publicó el Real Decreto-ley 18/2021 de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo.
Este Real Decreto-ley tiene como objetivo modificar la regulación del Expediente de Regulación Temporal de Empleo.
En general, seguimos contando con cuatro tipos:
- ERTE de fuerza mayor
- Expediente derivado de causas técnicas, económicas, organizativas y de producción
- ERTE por impedimento
- ERTE por limitación
No obstante, aunque en general se mantiene la estructura diseñada por el Gobierno de España y los derechos reconocidos a los afectados, existen ciertas modificaciones que deberías conocer.

Principales novedades sobre el ERTE
Como hemos matizado con anterioridad, este Real Decreto-ley trae consigo diversas modificaciones con respecto al Expediente de regulación temporal del empleo.
A continuación, expondremos los cambios más significativos del mismo.
Nueva comunicación a la autoridad laboral
Desde el pasado 1 de noviembre y hasta el 28 de febrero de 2022, la continuación del Expediente dependerá de las comunicaciones que realicen las empresas al respecto.
Es decir, si tu empresa quiere continuar en ERTE, será necesario que emita una nueva comunicación a la autoridad laboral correspondiente.
Además, las empresas deberán realizar una nueva solicitud de prestaciones para aquellos trabajadores que resulten afectados.
Por consiguiente, la empresa no continuará estando en ERTE de forma automática, sino que, en caso de querer continuar en esta situación, deberá presentar dicha solicitud.
En caso contrario, se pondrá fin a la aplicación de la ayuda estatal.


Formación obligatoria para los empleados
Uno de los aspectos fundamentales sobre este Real Decreto-ley es que dispone que las empresas podrán obtener mayores bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.
Pero, sólo si realizan acciones formativas a sus trabajadores.
A este respecto cabe destacar que, en caso de que tu empresa decida impartir estos cursos de formación, estarás obligado a asistir a los mismos.
Siempre y cuando estén relacionados con tu puesto de trabajo y se realicen dentro de la jornada laboral.
Prórroga del “Plan MECUIDA” hasta el 28 de febrero
Este Real Decreto-ley prorroga hasta el 28 de febrero el ‘Plan Mecuida’.
Así como la prestación extraordinaria de desempleo para artistas, la de los técnicos y auxiliares de la cultura, entre otros.
En concreto, el ‘Plan Mecuida’ permite que quienes no puedan trabajar porque tengan que cuidar de menores, mayores o personas dependientes, tienen derecho a que la empresa adapte o reduzca su jornada.

La reducción de jornada implicará la reducción de sueldo en la misma proporción.
Cabe destacar que la adaptación de la jornada puede conllevar modificaciones como las siguientes:
- cambio de turno
- alteración de horario
- traslado laboral
- cambio de funciones, etc.
Cambios para el Ingreso Mínimo Vital (IMV)
En este aspecto, se modifica el IMV relativo a las personas que viven de forma independiente, es decir, en domicilio distinto al de los padres, tutores o acogedores.


Anteriormente, se exigían 3 años de independencia, tener 12 meses cotizados (continuos o no) y ser menor de 30 años.
No obstante, actualmente se incluyen también a las personas que superen esa edad, para las que se exigirá que hayan vivido de forma independiente el año inmediatamente anterior a la solicitud.
Ayudas para los trabajadores autónomos
A través de este Real Decreto-ley se garantiza que los autónomos podrán percibir las prestaciones que la Seguridad Social ha venido reconociendo, desde el inicio de la pandemia, al resto de los trabajadores.
En general, estas ayudas se corresponden con en las siguientes:
- Por cese de actividad ordinario compatible con la actividad
- Por bajos ingresos
- Por suspensión de actividad por las medidas sanitarias
- Para trabajadores de temporada
Además, contempla medidas específicamente dirigidas a los trabajadores autónomos afectados por la erupción del volcán en la isla de La Palma que tuvo su origen el pasado 19 de septiembre.

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Desde el inicio de la crisis sanitaria, las circunstancias económicas y laborales de muchos españoles se han visto afectadas.
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Abogada de Atlántico Legal
Sara González Sosa