¿Parto natural o cesárea? El SCS indemnizará a una mujer por vulnerar su derecho a decidir.

El Servicio Canario de Salud indemnizará a una mujer con un millón de euros por vulnerar su derecho a elegir entre parto natural y cesárea.
El Servicio Canario de Salud indemnizará a una mujer con un millón de euros por vulnerar su derecho a elegir entre parto natural y cesárea.
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El Juzgado de lo Contencioso de Las Palmas de Gran Canaria da la razón a una madre y obliga al Servicio Canario de Salud a indemnizarla con un millón de euros por vulnerar su derecho a decidir entre parto natural y cesárea.

Los facultativos médicos impusieron un parto de gemelos de manera natural, que duró unas 17 horas, con graves consecuencias para uno de los neonatos. Te contamos todos los detalles. 

Servicio Canario de Salud condenado a indemnizar a una madre

Varias sentencias anteriores han servido como jurisprudencia a esta madre canaria para ganar el caso contra el Servicio Canario de Salud. Reclama que no le dieron opción a elegir entre dar a luz de manera natural o por cesárea a sus gemelos.

Además, no se le proporcionó la información adecuada sobre los riesgos para los bebés y para ella, tanto de tener un parto natural como de practicar una cesárea. Los facultativos médicos decidieron que el parto se llevara a cabo de manera natural, aunque finalmente realizaron de manera urgente la cesárea. 

Citando la Sentencia, “Los facultativos del Servicio Canario de Salud actuaron en contra de la lex artis porque privaron a la paciente de su derecho a consentir los riesgos e incluso a disentir de la opción de parto vaginal elegida por los médicos (sin informar a la paciente de los altos riegos del parto) siendo posible la técnica de la cesárea que implicaba menos riesgos para la madre y los fetos”.  

Una madre durante el parto natural en un hospital de Gran Canaria.

De esta manera, la paciente acude al Hospital Materno Infantil para dar a luz a sus gemelos entrando en un procedimiento de parto natural que, por una serie de errores y omisiones por parte de los médicos, se extiende por 17 horas.

En ningún momento informaron a la madre sobre las complicaciones que se estaban derivando, ni mucho menos la opción de realizar una cesárea. Por si fuera poco, administraron una inyección de oxitocina, sin consentimiento de la paciente y sin advertir de los peligros para los fetos y ella misma, provocando una hipoxia perinatal en uno de los neonatos.  

¿La consecuencia? Una lesión cerebral irreversible.

En concreto, derivó en una tetraparesia con parálisis cerebral ocasionando serias secuelas. Tras diferentes estudios, se le diagnosticó al bebé un 83 % de discapacidad psíquica, sensorial y física. Por lo que, solo le da derecho a recibir una prestación de 387,64 euros al mes. 

Indemnización por Lex artis

La madre, a raíz de las complicaciones y consecuencias del parto, reclamó la compensación económica al Servicio Canario de Salud por un millón de euros.

Sin embargo, el servicio de salud rechazó en la sede administrativa el requerimiento de la madre, apoyándose en la idea de que los perjuicios ocasionados estaban valuados en 414.932,67 euros.

Una mujer embarazada que no sabe como parir

Sobre el parto, respondieron que “(…) es decisión final del obstetra quien (y cuando no sea obligada la cesárea de entrada) tendrá en cuenta los factores de la madre y el feto, apoyándose en protocolos y el transcurso del parto y del intraparto”. 

La madre, recurrió dicha resolución ante el Juzgado de lo Contencioso. Añadiendo que no solo había que considerar los daños irreversibles ocasionados, también la vulneración de su derecho a la información y su derecho de escoger libremente entre las alternativas. 

Parto natural o cesárea: El Juzgado

Tras analizar el caso detenidamente, y considerando otras sentencias como jurisprudencia, el Juzgado determina que el protocolo informativo no se realizó de manera correcta, incumpliendo la lex artis.

Agrega, además, que “(…) el consentimiento del paciente es necesario independientemente del procedimiento, y la persona puede retirar su consentimiento en cualquier momento, según el principio de una atención centrada en el paciente.” 

El juzgado escucha a una madre afectada por una negligencia médica

También comprobó que se privó a la madre de la posibilidad de someterse a una cesárea a tiempo.

Una alternativa que, teniendo en cuenta las horas transcurridas de parto natural sin éxito, hubiera evitado, tal vez, las complicaciones. Ya que se consideraba un embarazo de riesgo por el estado de la madre y los fetos. 

El Juzgado concluye que “(…) la relación de causalidad entre la falta de información, la privación de su derecho a decidir la forma de dar a luz con la hipoxia padecida del menor y las gravísimas e irreversibles secuelas, aparece clara desde el momento en que de forma extemporánea los propios facultativos acabaron por decidir practicar la cesárea. (…)”. 

Por último, el Juzgado sentenció que el Servicio Canario de Salud debía indemnizar con un millón de euros a la madre demandante por mala praxis médica. Añadiendo que, se trata de una desgracia que ninguna cifra podrá resarcir, y que no se consideran los costos futuros derivados de la lesión. 

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