Los derechos de las empleadas y empleados del hogar siempre han estado mermados. Hasta ahora, eran el único colectivo que no podía disfrutar de una prestación por desempleo.
Con la nueva Ley que entró en vigor el pasado mes de octubre, por primera vez en la historia de España, las personas empleadas domésticas podrán cobrar el paro.
Pero no es el único cambio que afecta al colectivo. En esta ocasión te contamos cuáles son los nuevos derechos de las empleadas/os del hogar.
Nuevos derechos de las empleadas/os del hogar
Numerosos son los cambios que recoge el nuevo Real Decreto-Ley que regula los derechos de las empleadas y empleados del hogar.
Entre ellos, las personas dadas de alta en la Seguridad Social como empleadas del hogar podrán cotizar en el Fondo de Garantía Salarial y por desempleo.
Otro de los grandes cambios se materializa a la hora de darse de alta en la Seguridad Social.

Hasta ahora, aquellas personas que trabajaban en el hogar menos de 60 horas al mes podían darse de alta ellas mismas.
Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2023 serán los empleadores quiénes tengan que realizar dicho trámite en la Seguridad Social.
De igual forma, los empleadores deberán formalizar con la persona empleada del hogar un contrato, ya sea verbal o escrito, en el que se especifiquen labores, tareas, número de horas, salario, etc.
Asimismo, los empleadores también podrán disfrutar de ciertos beneficios, como de una reducción del 20 % en la aportación empresarial a la cotización de la Seguridad Social.
En cuanto a bonificaciones, también se prevé una bonificación del 80 % en las aportaciones empresariales destinadas a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía.

De esta manera, si los empleadores entran en situación de insolvencia y no pueden hacer frente a las obligaciones con el trabajador/a, éstos pueden acceder a la protección por desempleo, que estará financiado por el FOGASA.
Despidos en la nueva Ley para empleadas del hogar
Además del derecho a paro, tal vez una de las medidas más aplaudidas de este nuevo decreto Ley es la desaparición del Despido por desistimiento. Se trataba de un despido libre en el que el empleador podía despedir a la empleada doméstica sin motivo aparente, ni justificación.
A partir de ahora, el despido deberá ser justificado, equivalente a las causas de un despido objetivo.
Podrán ser por las siguientes causas:
- Los ingresos familiares han disminuido.
- Se han incrementado los gastos familiares de manera sobrevenida por haber perdido su empleo o la capacidad para trabajar.
- Las necesidades de la familia se han modificado de manera sustancial.
- El comportamiento de la persona trabajadora del hogar ha generado una pérdida de confianza en ella.
Preguntas sobre la nueva Ley

Sabemos que pueden surgir varias preguntas sobre la nueva Ley para empleadas del hogar.
Queremos resolver todas tus dudas, no olvides que estar asesorado por un abogado experto en Derecho Laboral te dará las claves para proteger tus derechos e intereses.
- ¿Todas las personas empleadas en el hogar podrán cotizar en la Seguridad Social? Definitivamente sí. Por Ley, todas las personas empleadas domésticas deben estar dadas de alta en la Seguridad Social.
- ¿Qué sucede si una persona trabaja para varias casas? En este caso, todos los empleadores deberán tramitar el alta en la Seguridad Social, independientemente del número de horas que trabaje.
- ¿Qué pasa si el contrato laboral no está firmado por la persona trabajadora? Se entenderá en ese caso que el contrato es a tiempo completo y de carácter indefinido. Por lo que recomendamos siempre que exista un contrato firmado entre ambas partes, para evitar malentendidos y problemas futuros.
- ¿Cuándo será legal despedir a una empleada del hogar? Por motivos económicos familiares, por falta de solvencia económica familiar por motivos sobrevenidos (como pérdida de empleo), o por cambio en la actitud de la trabajadora que suponga una pérdida en la confianza.

- En caso de despido, ¿podrán cobrar el paro? Por supuesto, con la nueva ley, tienen derecho a cobrar una prestación por desempleo.
Asesoría Legal
En Atlántico Legal contamos con un equipo de abogadas expertas en Derecho Laboral. Recomendamos siempre leer bien el contrato antes de firmarlo y que todos los aspectos relativos al trabajo a realizar queden especificados en el mismo.
De igual modo, el contrato debe ir firmado por ambas partes. También no olvidemos revisar la situación de Alta en la Seguridad Social, para comprobar que el trámite se haya realizado de manera correcta.
En Atlántico Legal queremos proteger tus derechos e intereses laborales. No dudes en contactar con nosotros.
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Son buenas noticias y un avance que celebramos que ayudará a la regularización del trabajo y sus derechos a muchas personas trabajadoras domésticas. Nunca estuvieron más protegidos los derechos de las empleadas del hogar.