Abogados Especialistas en Herencias

Habla con nuestros abogados especialistas en herencias, podrán responder a todas tus preguntas.

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Nuestros abogados serán capaces de manejar la difícil situación en la que te encuentras. Asumirán las responsabilidades legales necesarias para librarte de la carga de la burocracia, y hacer que el procedimiento fluya hasta su resolución.

Antes de informarte de toda la documentación fundamental, tenemos que contarte los pasos a seguir. Hablaremos de la aceptación de herencia o declaración de herederos, te resumiremos los beneficios que conlleva la excelencia y la profesionalidad de Atlántico Legal

Ventajas

Características

Beneficios

La importancia de contar con abogados especialistas en herencias

Cuando fallece un familiar, entra en juego la lucha emocional y la burocracia. Como hemos visto, consultar un abogado experto en Derecho Sucesorio conlleva muchas ventajas.

Por ejemplo, puede ayudarte a desarrollar todos los trámites y presentar toda la documentación imprescindible para el proceso. Del mismo modo te podrá brindar la posibilidad de mediar entre los herederos con el buen fin de que la división de la herencia no termine en juicio.

Además, nuestro especialista te aconsejará que compruebes si el fallecido disponía de un seguro de vida. Lamentablemente, muchas veces los beneficiarios no tienen conocimiento de que el difunto poseía una póliza vital.

De nuevo, te recomendará como aceptar la herencia sin que las eventuales deudas se imputen a tu patrimonio personal.

Como puedes comprender fácilmente, a la hora de obtener ayuda de abogados especialistas en herencias, el apoyo jurídico se convierte en una ventaja.

Sin embargo, debemos conocer los pasos a seguir en este tipo de procedimiento. Así que vamos a descubrir las distintas etapas de una herencia.

Abogado de Atlántico Legal experto en derecho penal

Abogados especialistas en herencia y testamento.

Sigue todo el proceso sin preocupaciones.

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El testamento

Efectivamente el primer paso para poder tramitar una herencia será confirmar si la persona fallecida dejó un testamento manifestando su voluntad. 

Sin embargo, podremos solicitar este documento transcurridos 15 días desde el fallecimiento de la persona. Luego, tendrás que acudir a un Registro, conocido como Registro de Últimas Voluntades, dirigiéndote personalmente al Ministerio de Justicia

De otra forma, podrás hacerlo vía email en el mencionado Registro de Actos de Última Voluntad. No te preocupes, encontrarás toda la documentación necesaria y te mostraremos cómo obtenerla clicando en este botón >>

Digamos una palabra más sobre el testamento, ciertamente, la existencia de un testamento facilita la tramitación de la herencia y sobre todo, es una forma de evitar conflictos entre los herederos.

A modo de ejemplo, una pareja de hecho o conviviente puede heredar de su pareja sólo a través del testamento. Así que se tendrá que realizar el testamento si se desea dejar protegida a la pareja. 

Entonces, ahora que entendemos que las cosas cambian si nos enfrentamos a un procedimiento, con o sin testamento, podremos averiguar como proceder.

 

Herencia sin testamento

En el caso de que sea una herencia sin testamento será la Ley quien resuelve el orden para suceder, en consecuencia, el orden de los herederos será el siguiente:

  1. Hijos y descendientes del fallecido (nietos, biznietos).
  2. Padres y ascendientes del fallecido (abuelos).
  3. Cónyuge del fallecido, con la condición de que no se encontrasen separados judicialmente o de hecho.
  4. Hermanos y sobrinos del fallecido.
  5. Tíos del fallecido.
  6. Resto de pariente

Si no hubiera ninguna de las personas anteriores, heredaría el Estado.

Nosotros te ayudamos a crear el árbol genealógico familiar, imprescindible para la constitución de los herederos.

Herencia con testamento

En este caso, vamos a solicitar una copia del testamento a la notaría donde se firmó. Es importante tener en cuenta que se facilita la copia del documento sólo a las personas que aparezcan en el Acto de últimas voluntades.

Abogados expertos en consulta jurídica de herencia andando afuera del despacho de Atlántico Legal

Los Abogados especialistas en herencias convierten un complejo procedimiento en un trámite sencillo y sin preocupaciones.

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Declaración de herederos

El segundo paso será realizar la declaración de herederos.

Si los parientes más cercanos son tanto descendientes como ascendentes, por ejemplo, hijos o nietos. Entonces, la declaración de herederos se puede hacer ante notario.

En cambio, si los parientes del fallecido son parientes colaterales, es decir, hermanos, sobrinos, primos o tíos. La declaración de herederos se lleva a cabo en un juzgado.

Para no confundirnos, es justo señalar que incluso en el caso que los herederos no se pongan de acuerdo, o, por ejemplo, si se quieren iniciar un proceso judicial en beneficio de los herederos, la declaración debe hacerse siempre a través del Juzgado.

Como vemos, las cosas cambian si tenemos la última voluntad como si no. Pero también cambian según el tipo de herederos y los acuerdo entre ellos. De todos modos, con nuestro servicio, irás todo momento acompañado por abogados especialistas en herencias.

Seguimos con el supuesto de ir al notario y obtener una declaración, necesitando una serie de documentos que tendríamos que presentar en la Notaría.

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Veamos rápidamente a que documentos nos referimos:

  • Certificado de defunción (Registro Civil).
  • Certificado que acredite si el fallecido hizo testamento (Registro General de Actos de Última Voluntad).
  • DNI del fallecido
  • El certificado de empadronamiento.
  • Certificados de nacimiento o defunción de los descendientes.

Ahora, repasemos los detalles de esta fase, consideremos las dos hipótesis vistas anteriormente, es decir, los procedimientos con y sin testamento. Las dos situaciones principales en las que podemos encontrarnos.

 

Declaración de herederos sin testamento

Este caso es, en realidad, el más lento y burocrático. Si el fallecido no dejó testamento, la declaración de herederos se hará a través del acta de notoriedad. Es decir, el documento autorizado y firmado por un notario.

En este supuesto tenemos que elegir un notario y debemos tener en cuenta unos detalles importantes.  Vamos a ver cuales son:

  • Tendrá que ser localizado en el lugar del último domicilio del fallecido o donde se encuentre la mayor parte de su patrimonio
  • Será fundamental la presencia de dos testigos

Durante un mes, el expediente se publicará en el BOE y en el tablón del Ayuntamiento. Trascurrido dicho plazo de 30 días, como resultado, el notario declarará por fin, quiénes son los herederos.

 

Declaración de herederos con testamento

En este otro caso, simplemente tenemos que ir a la Notaría y solicitar la declaración de herederos. Finalmente, será el notario quién designe los herederos y en qué proporción. Por supuesto, en base al testamento con las últimas voluntades.

Abogado de Atlántico Legal comentando un expediente de un cliente de Atlántico Legal de Vecindario

Abogados especialistas en herencias en Las Palmas.

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Aceptación de la herencia

El tercer paso, se realizará siempre ante notario, en presencia de los abogados especialistas en herencias, con un acto público, libre y voluntario.

Este Acto, que normalmente se lleva a cabo en una escritura pública, es el documento donde el heredero manifiesta su voluntad de aceptar o renunciar a la herencia.

Generalmente, se renuncia, rechazando la propia porción hereditaria, por ser ruinosa, porque las deudas de heredan con el resto del patrimonio. Nadie quiere deudas, y mucho menos las de los demás.

El resultado es que demasiadas veces la gente desiste por miedo a heredar las deudas del fallecido. Pero hay una solución, que no todo el mundo conoce.

Beneficio de inventario

Si se acepta la herencia a beneficio de inventario, con la ayuda de nuestros abogados especialistas en herencias, las deudas nunca se imputarán al patrimonio personal del heredero. Ni siquiera las que puedan aparecer posteriormente.

Impuestos de sucesiones

Debido al reparto de los bienes del fallecido entre los herederos y en proporción a la cuota que les corresponda, se deberá obligatoriamente pagar el Impuesto de sucesiones.

Es un impuesto Estatal, pero está transferido a las Comunidades Autónomas. Por este motivo, existen grandes diferencias entre las mismas. En consecuencia, se presenta en la Comunidad Autónoma donde la persona fallecida tuviera su último domicilio. 

La liquidación, en relación con este impuesto, se realiza en el plazo de 6 meses desde la fecha de fallecimiento. Y, se hará a través del modelo 650.

Si todavía tienes dudas, contacta con nuestros especialistas en herencias y resolveremos tus dudas.

FORMULARIO
de Contacto

Toda la documentación imprescindible

A continuación, te indicamos toda la documentación que es fundamental para seguir adelante con el procedimiento de herencia.

Y, por supuesto, te diremos cómo conseguirla.

Certificado de defunción del fallecido

Conseguirás el certificado acudiendo personalmente al Registro Civil. Y, puedes obtenerlo a través de un correo ordinario enviado directamente al Registro Civil o por medio de internet, en el siguiente enlace online:

Baja de la Seguridad social

El presente trámite se realiza en la oficina del INSS, el Instituto Nacional de la Seguridad Social del domicilio del fallecido. Por lo general, recuerda que deberás ir con un original del certificado de defunción.

Certificado de últimas voluntades

Este título se solicita transcurridos 15 días desde el fallecimiento del familiar y, acredita si una persona ha hecho testamento. Lograrlo es muy sencillo, se consigue personalmente en el Ministerio de Justicia o vía email en el Registro de Actos de Última Voluntad.

Certificado nacimiento de los descendientes

Es importante conseguir el certificado de nacimiento o de defunción de todos los descendientes. Ambos certificados se obtienen de la misma forma en el Registro Civil. 

Certificado de empadronamiento

Finalmente, el certificado de empadronamiento se solicita en el Ayuntamiento del último domicilio del fallecido.

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