5 cosas que hay que saber sobre la pensión alimenticia.

Se llama pensión alimenticia, pero ¿Qué incluye, cómo se calcula y hasta cuándo hay que pagarla? Aclaremos las 5 preguntas clave para entender mejor esta pensión
Se llama pensión alimenticia, pero ¿Qué incluye, cómo se calcula y hasta cuándo hay que pagarla? Aclaremos las 5 preguntas clave para entender mejor esta pensión
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La pensión de alimentos o pensión alimenticia es una contribución económica continua y periódica que un pariente da a otro tras la finalización de un matrimonio u otra relación similar, para que éste pueda satisfacer ciertas necesidades básicas.

¿Qué incluye la pensión de alimentos?

Aunque se haga referencia al término “alimentos”, el art. 142 del Código Civil matiza que dentro de esta pensión se incluyen:

  • Sustento
  • Habitación
  • Vestido
  • Educación e instrucción
  • Gastos de embarazo y parto

Por lo tanto, en esta pensión se incluyen tanto los gastos ordinarios como los extraordinarios que se deriven de la vida cotidiana del familiar necesitado.

Gastos ordinarios

Como ya hemos adelantado, la pensión de alimentos incluye esencialmente los gastos ordinarios, relativos al sustento, habitación, vestido, educación e instrucción, así como gastos de embarazo y parto.

Madre feliz para criar su hija con la pensión alimenticia. Atlántico Legal.

Con esto, nos referimos a los gastos ordinarios por la vivienda y suministros (luz, agua, Internet, etc.); la alimentación del familiar; su ropa y calzado, elementos de aseo personal; los gastos de educación en enseñanza pública (libros de texto, matrícula, etc.); gastos médicos cubiertos por la sanidad pública; y los gastos de ocio ordinarios, como el uso del teléfono móvil.

Gastos extraordinarios

Además, existen ciertos gastos extraordinarios que también han de ser soportados por el alimentante.

Con gastos extraordinarios nos referimos a los surgidos sin que puedan preverse y que resultan necesarios para el correcto desarrollo del familiar, por ejemplo, unas gafas, una ortodoncia, etc.

¿Quién debe pagar la pensión alimenticia?

Generalmente, esta obligación nace de un divorcio o separación con hijos menores de edad, pero puede surgir también en otros casos.

En primer lugar, hay que aclarar que dentro de esta prestación existen dos figuras:

  • Alimentante o deudor: la persona que deberá abonar la pensión.
  • Alimentista o acreedor: la persona que recibirá la pensión.

De esta manera, podemos encontrar distintas situaciones en las que existe obligación de abonar una pensión de alimentos:

Padre en Gran Canaria que ayuda a las necesidades de su hijo con la pensión alimenticia.
Padre en Gran Canaria que ayuda a las necesidades de su hijo con la pensión alimenticia.

Separación o divorcio

En caso de separación o divorcio de un matrimonio con hijos, la pensión de alimentos se puede recoger en el convenio regulador.

En estos casos, puede que el hijo conviva con uno solo de los progenitores o con ambos mediante custodia compartida.

En caso de que solo conviva con uno de ellos, el progenitor que no conviva normalmente con su hijo menor de edad deberá abonar al otro esta pensión para asumir su parte de los gastos de crianza.

Otros casos

Aunque generalmente se establezca la pensión alimenticia para hijos menores de edad, cabe señalar que puede atribuirse para otros casos en los que se precise ayuda entre parientes.

De esta manera, están obligados a prestarse esta asistencia los cónyuges, ascendientes y descendientes.

¿Cómo se calcula la pensión alimenticia?

Si no existe acuerdo entre las partes sobre la cuantía que se ha de abonar, será un juez quien estudie qué cantidad corresponde.

Esta decisión será tomada, principalmente, en base a los siguientes parámetros:

  • Los ingresos del alimentante, es decir, el obligado
  • Las necesidades del alimentista, es decir, el beneficiario
Bebé que no quiere dejar la pierna del padre. Imagen de Atlántico Legal

De esta forma, se calculará qué cantidad procede pagar.

No obstante, hay que tener en cuenta que los gastos extraordinarios, de los que hablamos anteriormente, son impredecibles y surgen de manera esporádica, por lo que habrán de abonarse aparte.

¿Hasta cuándo se paga la pensión alimenticia?

Normalmente, este tipo de ayudas se establecen hacia menores de edad, pues no precisan de ingresos económicos propios y, por tanto, dependen de otras personas.

No obstante, cabe destacar que también puede existir obligación de prestar alimentos al hijo mayor de edad, cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable y, por consiguiente, no sea independiente económicamente.

Por lo tanto, el simple hecho de que el familiar cumpla la mayoría de edad no exime al alimentante a dejar de prestar dicha ayuda.

Lo que determinará la extinción de esta será que desaparezcan las circunstancias que la motivaron, es decir, que dicho familiar no se encuentre en un estado de necesidad.

Madre que recibe un regalo por parte de su hija en Las Palmas de Gran Canaria.
madre banandose con su hijo • Atlántico Legal • pensión alimenticia

¿Cómo solicitar la pensión alimenticia?

Si tú o algún familiar se encuentra en estas circunstancias y crees que tienen derecho a solicitar una pensión alimenticia, es importante que te informes sobre este procedimiento; especialmente si estás atravesando un proceso de separación o divorcio con hijos menores de edad.

Es esencial contar con profesionales que te asesoren y guíen durante este proceso, velando por que se establezca la pensión que corresponda en las cantidades necesarias.

En Atlántico Legal contamos con un equipo de abogados especialistas dedicados al asesoramiento en procedimientos de Derecho de Familia. Si tienes cualquier consulta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, puedes llamarnos a los siguientes números de teléfono:

  • Fijo:   928 79 33 63  
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